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El segmento de enlace de cableado de fibra óptica de backbone se debe verificar en una dirección en ambas longitudes de onda operativas para explicar los deltas de atenuación asociadas con la longitud de onda. Los enlaces de backbone monomodo se deben verificar a 1.310 nm y 1.550 nm, según lo especificado en ANSI/TIA/EIA-526-7, Método A.1, Jumper de una referencia. Los enlaces de backbone multimodo se deben verificar a 850 nm y 1300 nm, según lo especificado en ANSI/TIA/EIA-526-1A, Método B, Jumper de una referencia. Como la longitud del backbone y la cantidad potencial de empalmes varían según las condiciones del emplazamiento, se debe utilizar la ecuación de atenuación de enlace para determinar los valores de aceptación de cada una de las longitudes de onda pertinentes.
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